Llamado a concurso

PARA CUBRIR 1 SITIAL DE MIEMBRO TITULAR EN LA ESPECIALIDAD
CABEZA, CUELLO Y CIRUGÍA RECONSTRUCTIVA.
SECCIÓN DE ESPECIALIDADES QUIRÚRGICAS

Tribunal Titular: Acad. Enrique Herrera, Acad. Adolfo Uribe Echevarría y Acad. Carlos Consigli.
Tribunal Suplentes: Acad. Eduardo Moreno, Acad. Jose Maria Foscarini y Acad. Nori Tolosa de Talamoni


PARA CUBRIR 1 SITIAL DE MIEMBRO TITULAR EN LA ESPECIALIDAD
PATOLOGÍA MOLECULAR.
SECCIÓN DE INVESTIGACIÓN BÁSICA Y APLICADA

Tribunal Titular: Acad. Liliana Cancela, Acad. Nori Tolosa de Talamoni y Acad. Mirta Miras
Tribunal Suplentes: Acad. Maria Esther Cobe, Acad. Zenón Sfaello y Acad. Alejandra Alonso.


PARA CUBRIR 3 SITIAL DE MIEMBRO TITULAR EN LAS ESPECIALIDADES
■ DIABETES Y OBESIDAD
■ INTERVENCIONISMO POR IMÁGENES
SALUD PÚBLICA
SECCIÓN DE ESPECIALIDADES MÉDICAS –CLÍNICA

Tribunal Titular: Acad.  Luis Alday, Acad. Zenón Sfaello y Acad. Eduardo Moreno.
Tribunal Suplentes: Acad.  Mirta Miras, Acad. Luis Beauge y Acad. Francisco Barrantes.

 



 

CONDICIONES MÍNIMAS PARA LA POSTULACIÓN: 

  • El postulante debe ser argentino nativo o naturalizado, residir en la Provincia de Córdoba, tener como mínimo 45 años de edad al momento de su inscripción, poseer título máximo universitario, ocupar o haber ocupado cargo de profesor Titular, Asociado o Adjunto en Universidades Públicas o Privadas reconocidas por un período no inferior a cinco años. Sobre la base de méritos y antecedentes científicos de singular relevancia, podrán aceptarse postulantes que no posean algunas de estas condiciones.
  • La presentación de la solicitud para aspirar a cubrir el sitial de miembro Titular de número deberá ser avalada y fundamentada por escrito por dos Académicos (Titulares, Correspondientes, Eméritos o de Honor), quienes no podrán actuar en ninguna de las demás instancias del proceso del concurso.
  • El postulante deberá informarse del Estatuto y Reglamento Interno de la Academia, respecto a los derechos y obligaciones de sus Miembros.
  • El postulante deberá presentar tres copias con su CV nominativo acorde con la Reglamentación vigente del ordenamiento de antecedes, tal como figura en la página web de la Academia, y una copia firmada con la aceptación de las bases y reglamento del concurso no pudiendo presentar recusaciones a la composición del Tribunal designado

 

 

PLAZO DE INSCRIPCIÓN: Desde el 12/09/2022 al 17/10/2022

Entrega de carpetas:
Secretaría Circulo Médico de Córdoba: Av. Ambrosio Olmos 820- lunes a viernes 17:00 a 20:00 hs.
Por consultas (academiacienciasmedicas@gmail.com)

 

 


REGLAMENTACIÓN PARA LLAMADO A CONCURSO DE ACADÉMICOS TITULARES

El llamado a concurso para ocupar sitiales vacantes de Académico Titular de número se regirá por la siguiente reglamentación:

a) El postulante debe ser argentino nativo o naturalizado, residir en la Provincia de Córdoba, tener como mínimo 45 años de edad al momento de su inscripción, poseer título máximo universitario, ocupar o haber ocupado cargo de profesor Titular, Asociado o Adjunto en Universidades Públicas o Privadas reconocidas por un período no inferior a cinco años. Sobre la base de méritos y antecedentes científicos de singular relevancia, podrán aceptarse postulantes que no posean algunas de estas condiciones. En todos los casos los postulantes deberán contar con los correspondientes avales académicos fundamentados (inciso c). Tener reconocida honorabilidad en la vida privada y en la actividad profesional, docente y científica.

Para la integración del tribunal del llamado a concurso de la Sección Humanidades Médicas y Bioética, la Comisión Directiva podrá convocar especialistas en la materia en cuestión que sean miembros de otras Academias o Instituciones afines.

b) El llamado a concurso se realizará durante los meses de abril y septiembre, pudiendo variar en situaciones excepcionales. La propuesta de denominación de los sitiales a ser llamados a concurso que pudiera surgir del cuerpo académico será consensuada por la Comisión Directiva con la Sección correspondiente. La vacante a concursar permanecerá en su Sección original y, en lo posible, en la misma especialidad, excepto que ésta haya perdido vigencia o se considere necesario incorporar otra por su importancia actual y/o interés institucional. La Comisión Directiva realizará el llamado a concurso indicando: fecha, hora de apertura, cierre de inscripción, dirección de correo electrónico, domicilio donde los postulantes deben presentar sus antecedentes e instrucciones para la presentación de la documentación requerida. La difusión de los llamados a concurso se hará en los medios de comunicación disponibles, extensiva a instituciones académicas, universitarias, sanitarias, públicas y privadas de la Provincia de Córdoba.

c) La presentación de la solicitud para aspirar a cubrir el sitial de miembro Titular de número deberá ser avalada y fundamentada por escrito por dos Académicos (Titulares, Correspondientes, Eméritos o de Honor), quienes no podrán actuar en ninguna de las demás instancias del proceso del concurso.

d) El postulante deberá informarse del Estatuto y Reglamento Interno de la Academia, respecto a los derechos y obligaciones de sus Miembros y posteriormente presentar tres copias con su CV nominativo acorde con la Reglamentación vigente, tal como figura en la página web de la Academia, y una copia firmada con la aceptación de las bases y reglamento del concurso no pudiendo presentar recusaciones a la composición del Tribunal designado. Cerrada la inscripción la Comisión Directiva dará a conocer la nómina de inscriptos a los Académicos Titulares, Eméritos y de Honor, y en el plazo no mayor a 30 días, los convocará a una reunión plenaria a los efectos de aceptar la presentación de los candidatos inscriptos en el concurso. La reunión plenaria iniciara su sesión a la hora de convocatoria con la presentación de la mitad más uno de los Académicos o con los asistentes luego de un intervalo de 30 minutos. Los Miembros presentes podrán formular observaciones u objeciones de carácter moral, ética o de honorabilidad personal, sobre los postulantes y no sobre aspectos técnicos – profesionales o académicos, los cuales serán de incumbencia privativa del Tribunal. La aprobación de cada uno de los candidatos inscriptos requerirá el voto favorable de 2/3 de los Miembros presentes.

e) Previo al llamado a concurso la Comisión Directiva designará un tribunal constituido por tres miembros titulares y tres miembros suplentes seleccionados entre los Académicos Titulares o Eméritos y excepcionalmente Miembros Correspondientes. Estará integrado por académicos de materias afines al sitial del concurso y de otras secciones. Los miembros de la Comisión Directiva no podrán integrar los tribunales de concurso. El tribunal actuante seleccionado deberá ser convalidado en la reunión plenaria indicada en el inciso d). La Comisión Directiva remitirá al Tribunal la nómina definitiva de los concursantes y los respectivos currículos para su evaluación. 

f) El tribunal deberá reunirse dentro de los 10 días de haber recibido la nómina de postulantes y los currículos respectivos. Comunicará a la Comisión Directiva el inicio de su actividad y tendrá un plazo de 60 días para entregar su dictamen, que en caso necesario podrá prorrogarse por 30 días más por resolución de la Comisión Directiva. El tribunal deberá expedirse y elaborar un orden de mérito, ya sea por unanimidad o mayoría de votos. En este último caso, cada integrante fundamentará su voto. El tribunal detallará en el dictamen las condiciones y méritos de los candidatos propuestos y fundamentará su elección. En caso que el tribunal considere que ninguno de los postulantes reúne suficientes merecimientos, la Comisión Directiva declarará desierto el sitial concursado. Si hubiera imposibilidad de dictaminar un orden de mérito, ya sea por unanimidad o mayoría, el Tribunal comunicará esta circunstancia, debidamente fundamentada, a la Comisión Directiva, la cual considerará la ampliación del Tribunal constituido mediante la participación de otros miembros entre los seleccionados originalmente.

En ninguna instancia el Tribunal podrá nominar otros postulantes para su ingreso que los definidos en la nómina de inscriptos al respectivo llamado a concurso.

A fin de cumplir acabadamente con su cometido, el Tribunal podrá solicitar, a través del Secretario Académico, aclaraciones por parte de los concursantes tendientes a evacuar dudas o interpretaciones respecto a algún ítem de su currículo. En situaciones especiales, y previa comunicación y aprobación por la Comisión Directiva, el Tribunal podrá realizar consultas a otros académicos respecto a aspectos curriculares de algún postulante, con las reservas correspondientes. En ninguna instancia los consultados integrarán el tribunal y su opinión no será de carácter vinculante.

g) La Comisión Directiva podrá aprobar el dictamen del tribunal, solicitar ampliación o aclaración, o dejar sin efecto el concurso si hubiera habido vicios de procedimiento. Solo podrá formular observaciones u objeciones sobre violaciones de los aspectos formales del concurso. En ninguna instancia podrá emitir opiniones sobre los aspectos académicos del fallo del tribunal. Aceptado el informe del tribunal, la Comisión Directiva procederá a comunicar a los postulantes el nombre del candidato seleccionado. Los postulantes no podrán presentar recusaciones al veredicto. El nuevo miembro quedará formalmente incorporado a la Academia luego de producir su disertación de admisión.

h) Una vez formalizada la condición de Académico Titular de número, la Comisión Directiva realizará una entrevista con los académicos incorporados, en la cual se discurrirá sobre las actividades de la Academia y los contenidos del Estatuto y Reglamento vigentes, los cuales les serán enviados con antelación.

 

 


INSTRUCTIVO PARA EL ORDENAMIENTO DE LA CARPETA DE ANTECEDENTES CURRICULARES

1. DATOS PERSONALES
2. FORMACIÓN ACADÉMICA

■ Nivel Universitario de Grado
■ Doctorado
■ Maestría
■ Especialización: Títulos Universitarios – Títulos y/o Certificados No Universitarios-
■ Carrera Docente
■ Otras actividades formativas: Residencias y Concurrencias Médicas Universitarias, oficiales o reconocidas oficialmente, Cursos de especialización.
■ Becas de investigación / Doctorado / Extensión,
■ Cursos de formación docente y profesional.

3. DOCENCIA (CARGO ACTUAL Y TRAYECTORIA DOCENTE)

■ Docente de grado
■ Docencia en carreras de posgrado
■ Otra actividades docentes
■ Integrante de tribunales de concursos docentes
■ Integrante de tribunales de tesis de Doctorado
■ Integrante de tribunales de tesis de Maestría
■ Integrante de comisiones evaluadoras en organismos de acreditación y/o evaluación docente.
■ Dirección / Codirección de Carreras de posgrado.
■ Dirección, Codirección y/o Coordinación de Cursos de grados y posgrado.

4. INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA O DESARROLLO TECNOLÓGICO ACREDITADO

■ Programas dirigidos o codirigidos
■ Proyectos dirigidos acreditados
■ Proyectos coordinados o codirigidos acreditados.
■ Integrante (con más de tres años de antigüedad) de proyectos acreditados.
■ Integrante (con uno a tres años de antigüedad) de proyectos acreditados.
■ Evaluación de actividades científicas y tecnológicas.

5. PRODUCCIÓN

■ Libros publicados
■ Capítulos de libros
■ Patentes y/u otra propiedad intelectual registrada
■ Publicaciones con referto e indizada
■ Desarrollo e innovación tecnológica documentada
■ Conferencias por invitación en reuniones científico tecnológicas: (disertantes- panelista-mesa redonda, etc)
■ Participación activa en eventos científicos (Director- Coordinador – Secretario)

6. TRANSFERENCIA

■ Transferencia de patente y/u propiedad intelectual registrada.
■ Transferencia de investigación científica, desarrollo tecnológico y/o innovación tecnológica no registrada.

7. FORMACIÓN Y DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS PARA LA INVESTIGACIÓN, LA EXTENSIÓN Y EL DESARROLLO TECNOLÓGICO.

■ Dirección y/o codirección de tesis doctorado.
■ Dirección de investigadores y/o tecnólogos.
■ Dirección y/o codirección de tesis de maestrías.
■ Dirección y/o codirección de trabajos finales de especialización.
■ Dirección y/o codirección de tesis de grado o trabajos finales de carreas (tesinas).
■ Dirección y/o codirección de becarios de investigación (doctorado – posdoctoral).
■ Dirección y/o codirección de becarios de extensión.
■ Dirección de pasantes.

8. CARGOS Y FUNCIONES

■ Gestión Universitaria
■ Institutos Oficiales
■ Sociedades Científicas vinculadas a la disciplina médica o afines.
■ Otros cargos que se consideren importantes.

9. DISTINCIONES

■ Premios y becas otorgadas por Universidades, Instituciones, Organismo Oficiales, Fundaciones u otros.

 

ORDENAMIENTO DE ANTECEDENTES CON ÍNDICE Y FOLIATURA.

Conferencias